El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado un decreto ley de medidas urgentes y extraordinarias para la protección de las personas y las empresas de Castilla y León frente al impacto social y económico del COVID-19.
En el texto se implementan la mayoría de las líneas de ayudas a trabajadores, autónomos y compañías incluidas en el plan de choque acordado por el Consejo del Diálogo Social, así como las específicamente diseñadas para la industria cultural y el turismo. Asimismo, se establece una bonificación del 50 % sobre la cuota de alquiler de viviendas de protección pública por un periodo de hasta cuatro meses y la moratoria en el pago en los casos de compra. La norma con rango de ley tiene un impacto económico directo de 121,5 millones de euros y permitirá agilizar la concesión directa de subvenciones para atender las necesidades de empresas y ciudadanos en esta primera fase de la crisis.
La normativa validada recoge iniciativas para contribuir a generar confianza en las empresas; mantener y crear empleo y proteger a trabajadores, desempleados, familias y personas vulnerables. El impacto económico estimado de estas medidas se cifra en 121,5 millones de euros, de los que 115,9 millones serán ayudas a fondo perdido.
Conviene recordar que las iniciativas de ámbito general para las empresas y el empleo fueron consensuadas entre la Junta y los agentes económicos y sociales representados en el Consejo del Diálogo Social el pasado 25 de marzo.
Incentivos a trabajadores y empresas
Los incentivos para la protección y el mantenimiento del empleo –recogidos en el capítulo II– persiguen amortiguar los efectos que la caída de la demanda va a generar en el tejido productivo, ayudando a las empresas a mantener su solvencia en esta situación transitoria y excepcional para evitar así que salgan del mercado laboral el menor número de personas posibles.
El texto recoge una compensación económica para los empleados afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), tanto de suspensión de contratos como de reducción de jornada, resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. Este complemento, que se concretará en la posterior convocatoria, se fijará en siete euros por día natural, conforme a lo acordado en el marco del Diálogo Social.
En lo referente a los apoyos a las empresas, se establece una subvención de hasta 10.000 euros por cada contrato indefinido que se realice a trabajadores despedidos durante la vigencia del estado de alarma. Esta cuantía alcanzará los 8.000 euros para compañías que incorporen a mayores de 55 años a los que les hayan rescindido el contrato o procedan de empresas que han cerrado por el COVID-19.
Las fábricas y centros productivos que tengan que reforzar sus plantillas para asumir el incremento de la producción derivado de esta crisis o para suplir a trabajadores de baja por enfermedad o en situación de excedencia o reducción de jornada podrán acceder a ayudas de entre 3.500 y 10.000 euros para formalizar contratos en prácticas, de interinidad o indefinidos. Por otra parte, los Centros Especiales de Empleo recibirán apoyo para sostener la ocupación de los trabajadores con discapacidad y especiales dificultades de empleabilidad, con un complemento salarial de refuerzo del 25 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).