El Tribunal Supremo avala el papel protagonista de la negociación colectiva en Castilla y León

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 30 de julio de 2020, dictada en referencia a los recursos de casación interpuestos por la Fundación SERLA, UGT, CCOO y CECALE, ratifica el papel protagonista del Acuerdo Interprofesional sobre procedimientos de Solución Autónoma de Conflictos Laborales en Castilla y León – III ASACL – a la hora de establecer un sistema de mediación y conciliación laboral propio y exclusivo para el desarrollo de las mediaciones individuales.

El Tribunal Supremo (Sala de lo Social) ha dictado sentencia en referencia a los recursos de casación interpuestos por CCOO CyL, UGT CyL, CECALE y por la Fundación SERLA, de la cual es parte la Junta de Castilla y León, en relación a la sentencia que en julio de 2018 dictaba el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en la demanda interpuesta por el sindicato CGT por la que anulaba tres artículos del III Acuerdo Interprofesional sobre procedimientos de solución autónoma de conflictos laborales, ASACL, por el que se sustenta el SERLA.

El fondo del asunto es la exclusividad o no del SERLA para llevar las mediaciones individuales en referencia a las Oficinas Territoriales de Trabajo de la Junta de Castilla y León. El III ASACL dotó de exclusividad al SERLA para realizar las mediaciones individuales, cuestión que fue impugnada por el sindicato CGT ante el Tribunal Superior de Justicia de CyL, que estimó su pretensión.

Impugnada esta sentencia ante el Tribunal Supremo, este Tribunal ha dictado sentencia ratificando la legalidad del ASACL y dando la razón a los planteamientos acordados por sus firmantes.

El III ASACL, herramienta de acuerdo por el que sustenta el SERLA desde hace 20 años, es la expresión de la voluntad y autonomía colectiva de las organizaciones más representativas de los empresarios y trabajadores en Castilla y León (CECALE, CCOO CyL y UGT CyL), al objeto de evitar la judicialización de los conflictos individuales y colectivos que favorece el diálogo y la negociación para su solución entre los propios afectados y se fundamenta en los principios de gratuidad, igualdad, celeridad, imparcialidad e inmediación.

Las ventajas de las conciliaciones individuales respecto a la vía judicial son múltiples pasando por favorecer la comunicación entre las partes, limitando las consecuencias negativas en el ámbito laboral, pacificando las relaciones de trabajo y disminuyendo el coste tanto afectivo, económico y temporal para los dos partes en conflicto.

Con el desarrollo de este acuerdo conseguimos un beneficio social y empresarial, mejorando las relaciones laborales de CyL, dotándonos de un mecanismo de resolución de conflictos, tanto colectivos como individuales. Al conseguir un mayor número de acuerdos saldrán beneficiados tanto los trabajadores como las empresas y, como efecto secundario, se desbloquearan los juzgados de lo social.

Por lo tanto, esta sentencia avala de una manera definitiva el papel protagonista de la negociación colectiva en todos sus ámbitos amparada por la Constitución Española e insta a todas las partes implicadas, agentes económicos y sociales así como a las diferentes Administraciones Públicas, a desarrollar de manera efectiva los acuerdos.

Por todo ello, CECALE, UGT CyL y CCOO CyL hemos solicitado una reunión urgente con la Consejera de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León, en aras a aplicar la sentencia de una manera ordenada.

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