El Senado aprueba de forma definitiva la Ley de Autónomos

Entre las nuevas medidas figura la extensión de la tarifa plana de 50 euros, mejoras en la conciliación familiar o desgravaciones por manutención y suministros.

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El Senado ha aprobado de forma definitiva la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, entre cuyas principales medidas figura la extensión de la tarifa plana de 50 euros, mejoras en la conciliación familiar o desgravaciones por manutención y suministros.

El texto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, aunque algunas de sus medidas más llamativas no empezarán a aplicarse hasta el 1 de enero de 2018.

Entre ellas, figura la ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos o quienes reemprendan después de dos años y la reducción de los cargos por el retraso en los pagos a la Seguridad Social.

Principales medidas de la Ley de Autonómos
1 – Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a los ingresos.

2- Podrán darse de alta y baja en el Régimen Especial (RETA) hasta tres veces al año y pagar por los períodos efectivamente trabajados.

3- Los recargos por retraso en el pago a la Seguridad Social en el primer mes se reducen del 20% al 10%.

4- Se amplía a un año la tarifa plana de 50 euros para los nuevos autónomos y pueden acogerse a ella aquellos que hayan cesado su actividad dos años antes. Una vez pasado este año, la tarifa se bonificará durante seis meses al 50% y durante otros seis al 30%.

5- La tarifa plana de 50 euros también se aplicará a las mujeres que reemprendan su actividad tras el período de maternidad.

6- Se establecen desgravaciones de hasta 26,67 euros diarios por los gastos de manutención que podrían ascender hasta los 48 euros en el caso de que el trabajador esté en el extranjero.

7- Los autónomos también podrán deducirse el 30% de la parte de los gastos de suministros (agua, luz, electricidad o telefonía) atribuibles a la actividad económica, para lo que se aplicará un cociente en función de los metros cuadrados de la vivienda que se utilicen para el trabajo. No contempla sin embargo deducciones por uso del transporte o vehículo (gasolina).

8- Se establece una bonificación de 100% de la cotización a la Seguridad Social para los autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción etc.

9- Se aumenta hasta 12 años la edad de menores a cargo que da derecho al reconocimiento de la bonificación por conciliación.

10- Se desvincula la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a la base de cotización mínima de cotización de los autónomos societarios.

11- Se permite compatibilizar el trabajo autónomo con la percepción del 100% de la pensión si el autónomo tiene contratado, al menos, a un trabajador.

12- Se reconoce el accidente in itinere a los autónomos.

13- Habrá una exención del 100% de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes.

14- Se facilita y permite la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.

15- Se estudiará el acceso a la jubilación parcial de los trabajadores autónomos y la cotización a tiempo parcial, así como el concepto de habitualidad del trabajo autónomo en la Subcomisión del RETA creada en el Congreso de los Diputados.

16- Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.

17- Los autónomos podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades y se mejora la formación en prevención de riesgos laborales.

18- Se creará el Consejo del Trabajo Autónomo y las organizaciones representativas de este colectivo participarán en el Consejo Económico Social (CES) en el plazo de un año.

19- Las organizaciones de autónomos más representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”.

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