Los autónomos están obligados a realizar sus trámites con la SS por vía telemática

Tras la entrada en vigor de la OM ESS/214/2018 de 1 de marzo que regula el sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social, desde el día 1 de octubre de 2018 los trabajadores autónomos tienen la obligación de realizar por vía telemática todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas, incluidas la recepción, por comparecencia en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para ello, la Tesorería General de la Seguridad Social ha puesto dos canales a través de los cuales se puede hacer efectiva esta nueva obligación: el Sistema RED (Sistema de Remisión Electrónica de Datos), a través de un autorizado que actuará en representación del autónomo, y la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde el trabajador puede acceder a un amplio catálogo de servicios para la realización de sus trámites.

Para utilizar la Sede Electrónica, debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad, como un certificado electrónico admitido por la Seguridad Social, el DNI electrónico y el Sistema Cl@ve.

Todos los servicios dirigidos a los trabajadores autónomos son accesibles con este medio de autenticación, incluido el servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas, además de permitir la la presentación de solicitudes a través del registro electrónico.

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